
Administración pública estará regulada por ley
Por Arismendyz Gómez
Editor de Política
SANTO DOMINGO. Los Asamblea Nacional Revisora aprobó este martes los artículos 116 y 117 que dan carácter constitucional a la administración pública y que establecen que los funcionarios públicos estarán regulados por ley. Asimismo, mandan que el acceso a la función pública esté sujeto al mérito y la capacidad de los candidatos, la formación y capacitación especializada y el régimen de incompatibilidad.
A continuación el texto completo de los artículos 116 y 117 de la reforma constitucional que fueron aprobados:
Artículo 116. La Administración Pública está sujeta en su actuación a los principios de eficacia, jerarquía, objetividad, igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación, con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico del Estado.
Deberá regularse por ley el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública con arreglo al mérito y capacidad de los candidatos, la formación y capacitación especializada y el régimen de incompatibilidades de los funcionarios que aseguren su imparcialidad en el ejercicio de las funciones legalmente conferidas.
La ley regulará el procedimiento a través del cual deben producirse las resoluciones y actos administrativos, garantizando, siempre que se pueda la audiencia de los interesados.
Artículo 117. Los Tribunales controlarán la legalidad de la actuación de la Administración Pública, pudiendo los ciudadanos instar ese control a través de los procedimientos que se determinen en la ley.
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