jueves, 7 de mayo de 2009

Ultraderecha quiere imponer su criterio cerrado de nacionalidad Los asambleistas en su mayoria estan confundidos en torno al espinoso tema.



Por Teofilo Bonilla
Fuente. DiarioDigitalRD.Com

Las fuerzas de ultraderecha que pugnan entre los asambleístas de todos los partidos se empeñan en imponerle a Republica Dominicana derechos limitados sobre la nacionalidad.. Ya intentaron negarles e derecho a la educación a los hijos de inmigrantes. Hoy fue preciso enviar a comisión especial el tema relativo a los derechos ciudadanos y la nacionalidad.

SANTO DOMINGO. La Asamblea Nacional Revisora de la Constitución, al reiniciar los trabajos este jueves, y tras el pronunciamiento de los voceros de las diferentes bancadas de los partidos, envió a una comisión especial el estudio del artículo 16, sobre la nacionalidad de los dominicanos, que fue objeto de polémica no solo en el Congreso sino en gran segmento de la sociedad.
La moción presentada por el senador de la provincia Hermanas Mirabal, Luis René Canaán, recibir el apoyo del PRD, la Fuerza Nacional Progresistas, el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) planteó que solo serían los literales b y c de ese artículo que deberían ir a comisión porque los demás tenían el consenso de todos.
A pesar de que a la hora fijada, 3:00 de la tarde había el quórum reglamentario para el reinicio pasada hora y media. El presidente de la Asamblea la levantó a las 8:38 minutos y convocó para el próximo martes a las 3:00 de la tarde.
Previo al reinicio de la sesión de la Asamblea Revisora para conocer el tema de la nacionalidad, los asambleístas expresaron su “nacionalismo” cuando algunos portaban la bandera nacional para manifestar su respaldo al “Jus sanguinis” o derecho por sangre.
Las banderas eran distribuidas por los nietos de Luis José González Sánchez quienes alentados por su abuelo se ubicaron a la entrada del salón de asamblea para entregar la bandera a los que acababan de llegar al tiempo que le decían “por la patria y nuestro futuro”.
La asambleísta por María Trinidad Sánchez, Isabel Bonilla, a nombre del bloque del PLD presentó la propuesta de que se puede adquirir la nacionalidad por derecho a suelo.
Para este jueves 28 personas estaban inscritas en la secretaría de la asamblea para agotar turno sobre el tema de la nacionalidad.

Finalmente la propuesta al ser sometida recibió 169 votos a favor y 10 en contra.
La propuesta del Ejecutivo dice:

Artículo 16: Son dominicanos y dominicanas:

a) Quienes ya gocen de la nacionalidad antes de la entrada en vigor de la presente Constitución.
b) Los nacidos en el territorio nacional, con excepción de los que fueren hijos de extranjeros miembros de legaciones diplomáticas y consulares o de extranjeros que se hallaren en tránsito o residieren ilegalmente en territorio dominicano.
c) Los nacidos en el territorio nacional de padres desconocidos o apátridas.
d) Los nacidos en el territorio nacional de padres extranjeros si la legislación de su país de origen no les atribuye ninguna nacionalidad.
e) Los nacidos en el extranjero, de padre o madre dominicanos, no obstante haber adquirido, por el lugar de nacimiento, una nacionalidad distinta a la de sus padres. Una vez alcanzada la edad de dieciocho años, podrán manifestar su voluntad, ante la autoridad competente de asumir la doble nacionalidad o renunciar a una de ellas.
f) Quienes contrajeren matrimonio con un dominicano o dominicana, siempre que opten por la nacionalidad de su cónyuge y se hallen en condiciones de cumplir los requisitos impuestos por la ley.
g) Los descendientes directos de dominicanos residentes en el exterior.
h) Los naturalizados. La ley fijará las condiciones y formalidades requeridas para la naturalización.
Los asambleístas también aprobaron el artículo el 17 tal como lo envió el Poder Ejecutivo el cual establece:
“Los extranjeros podrán naturalizarse conforme a las condiciones y formalidades prevista por la ley. Los naturalizados no podrán optar por la presidencia o vicepresidencia de la República y no estarán obligados a tomar las armas contra su estado de origen”.
El articulo 17 expresa: “Los extranjeros podrán naturalizarse conforme a las condiciones y formalidades previstas por la ley. Los naturalizados no podrán optar por la Presidencia o la Vicepresidencia de la República y no estarán obligados a tomar las armas contra su estado de origen”.
En tanto el artículo 18, aprobado indica: “Se reconoce a las dominicanas y los dominicanos la facultad de adquirir una nacionalidad extranjera. La adquisición de otra nacionalidad no implica la pérdida de la nacionalidad dominicana”.
El artículo tenía dos numerales, pero fueron fusionados acogiendo una propuesta del asambleísta Rafael Calderón del PRD y otros legisladores, y el mismo se leerá en lo adelante;
“Las dominicanas y los dominicanos que adquieran otra nacionalidad por acto voluntario o por el lugar de nacimiento, podrán aspirar a la Presidencia o Vicepresidencia de la República, si renunciaren a la nacionalidad adquirida, con diez años de anticipación a la elección y si residieren en el país durante los 10 años previos al cargo, sin embargo podrán ocupar otros cargos electivos o ministeriales, o de representación diplomática del país en el exterior y en los organismos internacionales, si renunciar a ella”.

De la Ciudadanía

El artículo 19 de la propuesta del Ejecutivo fue rechazada, y otras presentadas por diferentes asambleístas, lo que permitirá que siga el texto de la Carta Magna vigente que establece: “Son ciudadanos todos los dominicanos de uno y otro sexo que hayan cumplido dieciocho años de edad y los que sean o hubieren estado casados, aunque no hayan cumplido esa edad”.

Artículo 20: Son derechos de las ciudadanas y los ciudadanos:

1) El de elegir y ser elegibles para los cargos que establece la presente Constitución.
2) Decidir sobre los asuntos que se les propongan mediante referendo u otra forma de consulta popular.
3) Ejercer el derecho de iniciativa congresional y municipal en las condiciones fijadas por esta Constitución y la ley
4) Formular peticiones a los poderes públicos para solicitar medidas de interés público y obtener de parte de las autoridades respuesta en un término razonable establecido en la ley que se dicte al respecto.
Artículo 21 dice que; “Los derechos de ciudadanía se pierden por condenación irrevocable, por traición, espionaje, conspiración, por tomar las armas, por prestar ayuda o participar en cualquier atentado o daño deliberado contra los intereses de la República”.
Este artículo fue aprobado tras una moción de enmienda que presentó el diputado asambleista Radhamés Castro, del Partido Popular Cristiano por la provincia Santo Domingo

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